La Asociación de Profesionales y Técnicos Pedro de Valdivia, en su calidad de organización representativa de los funcionarios y funcionarias de la Ilustre Municipalidad de Santiago, considera relevante establecer criterios orientadores respecto de la presentación personal en el ejercicio de la función pública, resguardando simultáneamente la dignidad de las personas, el respeto a la diversidad y la adecuada imagen institucional.
En este contexto, estimamos que cualquier regulación sobre vestimenta debe fundarse en principios de razonabilidad, necesidad y proporcionalidad, evitando restricciones arbitrarias o discriminatorias que afecten los derechos de los trabajadores y trabajadoras.
PRINCIPIOS GENERALES
Toda regulación sobre vestimenta deberá respetar la autonomía personal, identidad, expresión individual, diversidad cultural y de género de los funcionarios y funcionarias municipales.
Las disposiciones que se establezcan deberán aplicarse de manera igualitaria a todos los funcionarios, evitando diferencias injustificadas por género, edad, condición física, origen, creencias o cualquier otra circunstancia personal.
La exigencia de determinadas prendas o elementos de vestuario deberá relacionarse directamente con las funciones desarrolladas, especialmente en aquellos cargos que impliquen atención de público, labores operativas o requerimientos de seguridad.
La vestimenta exigida deberá considerar las condiciones climáticas, los espacios de trabajo, las condiciones de salud y seguridad laboral.
Propuesta
Que la Municipalidad promueva una presentación personal ordenada y adecuada al ejercicio de la función pública, sin imponer modelos estéticos rígidos o estándares subjetivos.
Que los funcionarios que reciban uniforme institucional u/o corporativo lo utilicen durante el ejercicio de sus funciones, garantizando previamente la entrega oportuna, reposición estacionaria y calidad de las prendas.
Que en aquellos cargos donde no exista uniforme institucional u/o corporativo obligatorio, se permita el uso de vestimenta formal o semiformal acorde con las funciones desempeñadas.
Que se permita el uso de calzado cómodo y adecuado a las condiciones laborales, especialmente en funciones que impliquen desplazamientos permanentes o extensas jornadas de atención.
Que toda regulación considere mecanismos de excepción fundados en razones médicas, de salud ocupacional, religiosas o de otra naturaleza debidamente acreditada.
Que la Municipalidad garantice la participación de las asociaciones gremiales en la elaboración de reglamentos, instructivos o códigos relacionados con vestuario institucional.
PROPUESTA DE CÓDIGO DE VESTIMENTA MUNICIPALIDAD DE SANTIAGO
La Municipalidad de Santiago tiene como misión prestar servicios de calidad a la comunidad, promoviendo una gestión pública eficiente, cercana y orientada al bienestar de vecinos, usuarios y funcionarios.
En el cumplimiento de esta misión, cada funcionario y funcionaria representa la imagen institucional del municipio, tanto en la atención directa de público como en el ejercicio de sus labores internas. En este contexto, resulta fundamental que la presentación personal y la vestimenta reflejen los valores institucionales de respeto, profesionalismo, probidad y vocación de servicio.
Esta propuesta tiene por objeto establecer orientaciones generales respecto de la imagen y vestuario que deben mantener los funcionarios y funcionarias municipales durante el ejercicio de sus funciones.
OBJETIVOS
- Establecer lineamientos claros respecto de la vestimenta del personal municipal.
- Promover una imagen institucional acorde con los principios y valores de la Municipalidad de Santiago.
- Entregar orientaciones para el uso adecuado del vestuario institucional, ropa de trabajo y demás implementos proporcionados por el municipio.
- Favorecer la identificación y reconocimiento de los funcionarios municipales que trabajan en terreno u/o en atención de público por parte de la comunidad y los contribuyentes.
ORIENTACIONES GENERALES
La imagen del personal municipal deberá proyectar una apariencia:
- Ordenada.
- Formal o semiformal.
- Profesional.
- Institucional.
- Representativa de la función pública.
Todo funcionario o funcionaria deberá:
- Conocer y cumplir las disposiciones del presente Código de Vestimenta.
- Mantener una presentación personal acorde con el cargo y funciones desempeñadas.
- Utilizar correctamente el uso del vestuario institucional que le sea proporcionado u/o el medio por el cual deberá obtenerlo (tarjeta Giftcard).
- Portar visiblemente su credencial institucional cuando corresponda.
- Resguardar el buen uso y conservación de las prendas institucionales entregadas.
APLICACIÓN DEL CÓDIGO DE VESTIMENTA
Al personal municipal, cualquiera sea su calidad jurídica, considerando las particularidades de las funciones que desempeña.
A. PERSONAL QUE RECIBE ROPA DE TRABAJO OPERATIVA U/O ROPA CORPORATIVO OBLIGATORIO.
Aquellos funcionarios que desempeñen labores operativas o en terreno deberán:
- Utilizar la ropa de trabajo y elementos de protección personal que les sean proporcionados.
- Cumplir las normas de seguridad y prevención de riesgos aplicables.
- Utilizar la credencial institucional cuando las condiciones de trabajo lo permitan.
B. PERSONAL QUE NO RECIBE LAS INDICADAS EN EL PUNTO A.
Los funcionarios podrán comprar prendas acordes con el presente código, utilizando la tarjeta Giftcard, y para la adquisición de este vestuario que constituye una herramienta destinada a contribuir al desempeño de las funciones municipales y al adecuado bienestar de los funcionarios y funcionarias.
En este contexto, estimamos necesario que la regulación de su utilización contemple criterios de flexibilidad, razonabilidad y respeto a las diversas realidades laborales existentes al interior del municipio, manteniendo una imagen formal o semiformal compatible con el ejercicio de la función pública que el funcionario desempeñe.
Que las tarjetas Giftcard destinadas a vestuario puedan ser utilizadas en la adquisición de prendas de vestir y calzado para uso laboral, estableciendo restricciones específicas respecto del tipo de prenda, u/o color.
Que el uso de la Giftcard incluya la adquisición de prendas complementarias necesarias para el ejercicio de la función pública, tales como chaquetas, parkas, chalecos, sweaters, zapatos, zapatillas de uso laboral y otros elementos de vestuario.
Que la utilización de la Giftcard sea considerada un beneficio de apoyo que contribuya a mantener una buena presencia de los funcionarios.
A. VESTUARIO PERMITIDO PARA SER COMPRADO POR ESTA VIA.
- Camisas o blusas de vestir.
- Poleras tipo polo o cuello camisero.
- Pantalones de tela formal o semiformal.
- Vestidos y faldas de diseño formal o semiformal.
- Chaquetas, blazers, chalecos, sweaters o prendas similares.
- Calzado formal o semiformal.
- Zapatillas de diseño sobrio y presentación adecuada.
B. VESTUARIO NO PERMITIDO PARA SER ADQUIRO POR ESTA VIA.
- Ropa deportiva, salvo que la naturaleza de las funciones lo requiera.
- Prendas rotas o desgastadas.
- Shorts, bermudas o prendas similares.
- Poleras con mensajes, marcas a la vista, imágenes o diseños floreados.
- Zapatillas deportivas de uso recreativo.
- Prendas transparentes.
- Vestuario con colores fluorescentes o diseños llamativos que afecten la imagen institucional.
C. COLORES
Se privilegiará colores sobrios y acordes con la imagen institucional, tales como:
Azul marino.
- Negro.
- Gris.
- Beige.
- Blanco.
- Burdeo.
- Tonos neutros similares.
Las disposiciones contenidas en el presente Código de Vestimenta tendrán aplicación exclusiva respecto del vestuario y calzado adquiridos mediante la tarjeta Giftcard otorgada por la Municipalidad de Santiago. En consecuencia, sus normas, restricciones y orientaciones no serán aplicables al vestuario adquirido por los funcionarios y funcionarias con recursos propios o por otros medios distintos a los contemplados en este beneficio, sin perjuicio del cumplimiento de las normas generales de presentación personal, seguridad y desempeño de funciones vigentes en la Municipalidad.
DISPOSICIONES FINALES
La fiscalización del uso del uniforme, ya sea corporativo, institucional o adquirido mediante tarjeta Giftcard, será responsabilidad de la Dirección de Personas, considerando la naturaleza de las funciones desempeñadas por cada funcionario o funcionaria.
Las disposiciones que se establezcan deberán complementar las normas internas sobre vestuario, seguridad y presentación personal vigentes en la Municipalidad de Santiago, resguardando tanto la adecuada imagen institucional como el bienestar y las condiciones de trabajo de los funcionarios y funcionarias.
Asimismo, se considera que la utilización de la tarjeta Giftcard destinada a vestuario constituye una herramienta que permite a los funcionarios y funcionarias adquirir prendas adecuadas para el desempeño de sus funciones, favoreciendo una presentación formal o semiformal acorde con las exigencias del servicio. En este sentido, cualquier regulación sobre su uso deberá fundarse en criterios objetivos, y directamente vinculados al interés institucional, para lo que se deberá evaluar las restricciones que no se encuentren debidamente justificadas.
Finalmente, la Asociación de Profesionales y Técnicos Pedro de Valdivia manifiesta su disposición a participar activamente en la elaboración, revisión y perfeccionamiento de las políticas de vestuario institucional, promoviendo soluciones consensuadas que permitan conciliar la imagen corporativa de la Municipalidad de Santiago con beneficios adquiridos, las necesidades y condiciones laborales de sus funcionarios y funcionarias, contribuyendo de esta manera al fortalecimiento de la gestión municipal.