Un caso muy particular ha vuelto a poner en el tapete de la discusión al sistema previsional que nos rige y sus implicancias. Aunque no es el único caso que consigna la justicia, existen otros seis casos anteriores en que un ciudadano ha interpuesto un recurso de protección para retirar sus fondos, pero este es el primero que logra prosperar, llegando incluso hasta el Tribunal Constitucional quien el día martes 24 de septiembre acogió a trámite la solicitud de la Corte de Antofagasta.
Se trata del caso de la profesora María Angélica Ojeda quien dio un golpe a la cátedra e interpuso un recurso de protección ante la Corte de Apelaciones de Antofagasta en contra de la AFP Cuprum, quienes le negaron el retiro de sus ahorros provisionales, los cuales destinaría a pagar el total del crédito hipotecario de su casa.
El giro que ha tenido este Recurso de Protección está dado por el hecho de que el ministro Oscar Clavería y el abogado Fernando Orellana, dictaron una resolución por la que piden el pronunciamiento del Tribunal Constitucional al considerar que el Decreto Ley que impide el retiro de los fondos vulnera la Constitución al restringir el derecho de propiedad sobre sus ahorros.
El argumento de la profesora establece que ella cotizó desde 1987 a 1988 y luego desde 1990 a 2017 y, su pensión es de apenas $185.000.-, lo que dista bastante de su última remuneración de $1.200.000.-, lo que impide que ella pueda sanear sus deudas, particularmente, la de su casa.
Esta situación no ha pasado inadvertida en el mundo político ni el empresarial y tampoco en el de las organizaciones que agrupan a los detractores de las AFP que han entrado de lleno al debate por lo que se supone podría generar un precedente en la forma y fondo en que se ha tratado la problemática de las pensiones en nuestro país.
Para el representante de la Coordinadora No+AFP, Luis Mesina, con este proceso que se está viviendo “se abre la posibilidad de que un tribunal manifieste que están en controversia derechos fundamentales, particularmente, el acceso a la seguridad social“, haciendo hincapié en que el sistema de Administración de Pensiones actual, sólo significa una excesiva ganancia para los empresarios que controlan el sistema y una renta paupérrima para quienes son los usuarios y beneficiarios últimos del sistema.
A su vez, Andrés Santa Cruz Presidente de la Asociación de AFP se mostró confiado de que el TC va a rechazar el requerimiento presentado por una profesora de Calama que quiere retirar sus fondos de su AFP, porque según afirmó si el Tribunal Constitucional acoge el recurso de la profesora de Calama, que pretende para retirar sus fondos previsionales para prepagar un crédito hipotecario, “se acaba el sistema previsional”.
También el ministro del Trabajo, Nicolás Monckeberg, señaló de manera rotunda que el recurso presentado por la profesora “no tiene validez ni fundamentos, e indicó que la justicia ya ha desestimado solicitudes similares”.
Finalmente, será el Tribunal Constitucional quien resuelva esta “contraposición” entre dos derechos establecidos en la Constitución Política, uno que asegura por una parte el derecho de propiedad y por otro el derecho a la seguridad social.
Está claro que hasta ahora el Sistema de Administradoras de Pensiones no ha estado a la altura de las expectativas que sobre el que fue creado y que hoy los trabajadores que acceden a la jubilación lo hace con montos paupérrimos que no aseguran una vejez digna y con calidad de vida después de años de trabajo. Así como ha ocurrido con el sistema de Isapres, será al parecer la Justicia la que ponga el punto de inflexión en un sistema que no resiste más cirugías estéticas, sino una cirugía mayor en beneficio de todos los trabajadores.